Estatutos
1.- La Escuela Freudiana de Monterrey es una sociedad creada con el único e inalienable fin de llevar a cabo la "transmisión posible del psicoanálisis"; Siempre buscara llevarlo a cabo de la mejor manera posible, y en el fondo todos los actos que, en y por medio de esta se realicen, siguen este principio.
2.- "La Transmisión posible del Psicoanálisis" es un planteamiento de la sociedad, que expresa la necesidad de mantener siempre como objetivo primordial la enseñanza de las coordenadas y propuestas nucleares de la teoría Psicoanalítica condensadas en la metapsicología y contempladas por Freud en los pilares básicos del Inconsciente, el Complejo de Edipo y la Doctrina de las Pulsiones, sosteniéndole siempre por encima de cualquier condición externa.
3.- Como parte de dicho esfuerzo La Sociedad Freudiana de Monterrey declara que se abstendrá fehacientemente de hacer planteamiento alguno sobre el estatus de cualquier instancia o individuo en ninguna forma o condición posible y en ningún ámbito fuera de la sociedad, buscando así dejar fuera en la medida de lo posible cualquier causa o razón que no sea la "transmisión posible del Psicoanálisis" y que, en ese mismo sentido, se limitara a ejercer un reconocimiento activo societario a quienes compartimos una misma visión clínico, teórica, ética, moral y científica, expresada en nuestro programa de formación.
4.- A su vez se establece que al interior de la Sociedad, todos y cada uno de los miembros tendrán el reconocimiento de Analista de la Escuela Freudiana de Monterrey, dejando fuera cualquier tipo de posición intermedia o referencia de ningún otro tipo buscando evitar cualquier tipo de dinámica interna que obstaculice nuestro objetivo principal.
5.- De esto se deriva que la estructura de la Escuela Freudiana de Monterrey como organización funcionara siempre como un colectivo que se rige por la horizontalidad y donde siempre fluya y no se estanque el poder concreto de las decisiones en ninguna persona ni instancia bajo ninguna circunstancia, puesto que, la razón de ser de la organización es ajena a toda posibilidad limite o extrema susceptible de ameritarlo.
6.-Para lo cual , buscando que en todo momento la causa y único fin de la Escuela Freudiana de Monterrey se mantenga por encima de todo interés o disposición particular, se establece que esta no podrá ser disuelta bajo ninguna circunstancia, ni por ningún medio o mecanismo y que sus estatutos, acta constitutiva y propuesta de formación continuaran vigente en tanto haya por lo menos dos miembros activos que voluntariamente suscriban a la organización. Que haya menos de dos miembros activos que voluntariamente suscriban a la organización será la única menara legitima de disolverla.
7.- Con el mismo fin se establece que todas las decisiones, determinaciones y acciones fundamentales de las actividades de la Sociedad serán mediadas por instancias representativas del conjunto de la sociedad o en su defecto por la sociedad en su totalidad. Cuando se trate de acciones puntuales o especificas referidas a las tareas de la sociedad se hará por medio de comités de máximo cinco analistas elegidos aleatoriamente procurando contemplar las condiciones especificas de cada caso, y este será disuelto una vez que la eventualidad especifica para la que fue creado se halla agotado, en el caso de que surgiese otra eventualidad derivada de la anterior, se formara otro comité de la misma naturaleza establecida por estos estatutos para abordarlo.
8.- Cuando, por alguna necesidad legal o coyuntural la Escuela Freudiana de Monterrey, cualquiera que sea el contexto en que esta se encuentre, deba, acoplarse a alguna figura legal, de una región o país, y dicho tramite, le demande, presentar una estructura jerárquica contraria a su acta constitutiva y estatutos, se asumirá que dicha estructura jerárquica no tendrá ningún tipo de valor hacia adentro de la sociedad y que tales cargos, serán rotados, continuamente en el lapso de tiempo mínimo que sea posible usando un mecanismo azaroso que impida establecer ningún tipo de continuidad; y que, quien resulte sorteado, deberá, como parte de su actividad societaria, limitarse a ejecutar lo que se determine por los medios propios de toma de decisiones de la Escuela Freudiana de Monterrey.
9.- Para asegurar desde sus fundamentos mas primordiales el único e inalienable fin de la Escuela Freudiana de Monterrey expresado en lo aquí denominado como "transmisión posible del Psicoanálisis", se establecen que este y los ocho (8) estatutos anteriores, manifestándolo de otra manera: los nueve (9) primeros estatutos, serán considerados estatutos inamovibles, es decir, que bajo absolutamente ninguna situación, razón, circunstancia, medio o mecanismo, pueden ser modificados ni alterados de ninguna forma y que si esto llegase a suceder bajo cualquier situación, razón, circunstancia, medio o mecanismo, absolutamente todo lo que de ello derive será considerado, ilegitimo, falso, carente de todo valor, ajeno y una usurpación, y que ante tal situación, inmediatamente deberán ponerse todos los esfuerzos y recursos posibles de parte de todos y cada uno de los miembros para desconocer, destituir y expulsar a quien o quienes hayan sido parte de tal atentado contra la integridad de la Sociedad; Y que todo lo sucintado o derivado de tal situación y en dicho periodo de tiempo, quedara anulado una vez que se haya reestablecido el orden legitimo estatutario.
10.- Se establece que, cuando se presentase la necesidad de generar cambios en los estatutos subsecuentes es decir, a partir de este estatuto numero diez (10), la participación será directa, por medio de la convocatoria a una asamblea integrada por la totalidad de la sociedad (Apéndice pendiente);
11.- Todo aquel que manifieste formalmente su intención de formar parte de la sociedad será ubicado en un primer momento alguno de los siguientes tres estatus posibles: Estudiante, candidato o Analista de la Escuela Freudiana de Monterrey. Esto dependerá del nivel de formación en el que la persona se encuentre, basados en su propia autopercepción y en ultima instancia en donde un comité de la sociedad delibere que sea lo mas adecuado ubicarlo.
12.- Se considerar con estatus de estudiante a quien desee incorporarse al programa de formación básica en psicoanálisis propuesto por la Escuela Freudiana de Monterrey que constara de cuatro(4) niéveles, donde el objetivo será que dicha persona tenga los fundamentos básicos teóricos psicoanalíticos que para la Sociedad representan los desarrollos teóricos hechos por Sigmund Freud, Melanie Klein y Jaques Lacan. Una vez que el estudiante allá aprobado los cuatro niveles en base al criterio de la sociedad podrá solicitar ser considerado como candidato de la Escuela Freudiana de Monterrey.
13- Una vez que la persona adquiere el estatus de candidato, se integra a las actividades societarias de la Escuela Freudiana de Monterrey basados en el principio de formación interminable y en la trípode Freudiana; con ello, podría iniciar su proceso de integración a la Sociedad y por tanto de su reconocimiento como Analista de la Sociedad Freudiana de Monterrey; esto podrá iniciarse de dos maneras: Una por medio de la solicitud formal de dicho candidato y la otra por medio de una invitación formal de la Sociedad Freudiana de Monterrey (Apéndice pendiente) al candidato a iniciar su proceso de integración.
14.- Dicho proceso consistirá en la formación de un comité de máximo cinco analistas de la Escuela Freudiana de Monterrey que deliberaran (Apéndice pendiente) si el candidato en proceso de integración a la sociedad comparte de la misma visión clínico, teórica, ética, moral y científica, expresada en nuestro programa de formación.
15.- El reconocimiento como analista por la Escuela Freudiana de Monterrey, no constituye un titulo que le vincule de ningún otra forma a ninguna otra instancia externa a la sociedad.
16.- El reconocimiento como analista por la Escuela Freudiana de Monterrey esta condicionado al requisito de compartir la visión clínico, teórica, ética, moral y científica, expresada en nuestro programa de formación y a la participación activa societaria dentro de la Sociedad y puede ser retirado cuando alguno de estos falte.
17.- La desvinculación de un miembro de la sociedad y por tanto el retiro de su reconocimiento como analista de la Escuela Freudiana de Monterrey puede efectuarse derivado de dos causas posibles: Una es la solicitud formal por parte del analista de ser desvinculado de la Sociedad y la otra es la propuesta surgida al interior de la Sociedad de que un miembro sea sujeto a un proceso de desvinculación de la Sociedad (Apéndice pendiente).
18.-La reincorporación de un miembro de la Escuela Freudiana de Monterrey se deliberara por medio de un comité que tome en cuenta todas las consideración de cada caso en particular.
19.- Los Candidatos y Analistas de la Escuela Freudiana de Monterrey deberán estar en actividad constante con respecto al programa de formación; Con excepción de alguna condición o causa de fuerza mayor que justificadamente les incapacite a cumplir con esta responsabilidad, dado el caso, este seria deliberado en un comité.
20.- De los Analistas de la Escuela Freudiana de Monterrey se espera participen, ocupen, propongan y produzcan espacios que aporten o enriquezcan el programa de formación, es decir, estén al frente u organicen Seminarios, Grupos de Lectura, Grupos de Supervisión, Carteles, Cursos y Conferencias, de los cuales puedan participar candidatos y analistas de la Escuela Freudiana de Monterrey así como externos interesados y en colaboración.
21.- De los candidatos y Analistas de la Escuela Freudiana de Monterrey se espera su participación en el Congreso anual de la sociedad Presentando trabajos creados desde clínico que aporten y enriquezcan su formación propia y la de la Sociedad en su conjunto.